Campaña de prevención contra malos tratos
Malos tratos
¿Qué son los malos tratos?
Son toda forma de violencia que, en el ámbito familiar, se materializa en agresiones físicas (golpes, contusiones, lesiones,…) o en agresiones verbales (insultos, amenazas, humillaciones,…:recuerda: también son malos tratos aunque no te toque físicamente).
¿Cuándo eres víctiva de violencia?
- Cuando eres insultada y despreciada, tanto a solas como delante de tus hijos u otras personas, familiares o no.
- Cuando se te niega tener cualquier dinero que no sea para el mantenimiento del hogar o se te fiscaliza cualquier gasto.
- Cuando se te impide trabajar fuera de casa o estudiar.
- Cuando no se te permite salir sin permiso si no justificas a donde , a que o con quien vas.
- Cuando se te minusvalora.
- Cuando se te aísla de tu familia o amigos.
- Cuando se te culpa de todo lo que ocurre.
- Cuando se te exige que adivines lo que tu pareja está pensando.
- Cuando se te empuja, golpea o hiere.
¿Qué debes hacer en caso de agresión sexual?
- No debes lavarte ni cambiarte de ropa antes de acudir al reconocimiento médico e interponer denuncia.
- Acude lo más pronto posible a un Centro Médico u Hospital para que te realicen un reconocimiento médico físico y psíquico.
- Solicita una copia del Parte de Lesiones, que debe incluir:
- las lesiones producidas,
- los análisis efectuados,
- los tratamientos recomendados y tu estado emocional.
- En los Centros Médicos te administrarán medicamentos para prevenir embarazos o enfermedades de transmisión sexual.
- Debes interponer denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil). Pide una Copia o Justificante de la Denuncia.
- Vas a ser siempre informada de tus Derechos.
- Las Copias de la Denuncia y de la Sentencia van a servir de prueba en un proceso matrimonial.
¿Qué puedes hacer?
Si sufres Malos Tratos Físicos:
- Debes acudir al Centro de Salud u Hospital para ser atendida de las lesiones producidas. No olvides solicitar una copia del Parte Médico para entregar en el momento de realizar la denuncia.
- Debes interponer denuncia antes las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (en la Policía Local, Comisaría de Policía o Cuartel de la Guardia Civil) o la Administración de Justicia (Juzgado de Guardia o Juzgado de Violencia de Género).
Puedes solicitar una Orden de Protección a:
La Autoridad Judicial, el Ministerio Fiscal, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, las Oficinas de atención a las Víctimas de Violencia de Género, los Servicios Sociales, las Instituciones Asistenciales dependientes de las Administraciones Públicas (Estado, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos)
Si sufres Malos Tratos Psíquicos o Verbales te recomendamos acudir a cualquier Servicio de Atención a la Mujer o a los Servicios Sociales Municipales.
Colabora con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o judiciales si conoces la comisión de algún delito.
Abandono de domicilio
Si temes por tu seguridad o por la de tus hijos debes abandonar tu casa lo más pronto posible, sin advertir al agresor de tus intenciones (No amenaces con hacerlo, hazlo).
- Intenta coger:
- El Libro de Familia.
- Tu D.N.I. y el de tus hijos.
- La Cartilla de la Seguridad Social o del Seguro Médico.
- Facturas y documentos que acrediten los gastos del sostenimiento familiar, siempre que no sean privativos de tu pareja o que vulneren su intimidad.
No se considera Abandono de Hogar siempre que presentes Demanda de Separación, Divorcio o Medidas Provisionales (en un plazo de 30 días, como máximo) en los Juzgados (de Primera Instancia, de Familia o de Violencia de Género) que correspondan a tu domicilio conyugal.
Recuerda
Ten siempre presente que:
- La Ley protege tu integridad y tu salud física y mental.
- La Ley castiga los Malos Tratos tanto de obra (Violencia Física) como de palabra (Violencia Verbal)
- La Ley castiga la violencia habitual dentro de la familia.
Si eres una mujer extranjera indocumentada y sufres malos tratos
No lo dudes, denuncia la conducta de tu pareja ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Local, Policías Autonómicas – Ertzaintza, Mossos d’Escuadra – Policía Nacional, Guardia Civil).
La Ley protege a las Víctimas de Violencia Doméstica, sean de donde sean.